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El Monitor Nacional de Campamentos se basa en la metodología de catastro elaborada por TECHO-Chile entre los años 2001-2013, y en la utilizada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo en su Catastro de Campamentos de 2011.
Cada campamento incluido en el monitor, debe cumplir con los tres procesos siguientes.
Hay dos formas de que un asentamiento vulnerable entre en la base inicial de “potenciales campamentos”:
a) Estar publicado en el registro oficial de campamentos de MINVU.
b) Estar en el registro de asentamientos vulnerables manejado por las 12 oficinas regionales en que trabaja TECHO.
Se verifica presencialmente la situación de los potenciales campamentos. El levantamiento se desarrolla utilizando una ficha de diagnóstico rellenada presencialmente por miembros de la fundación.
TECHO-Chile considera como campamentos los asentamientos donde ocho o más familias, que habitan viviendas agrupadas o contiguas, se encuentran en una situación irregular de tenencia del terreno y carecen de acceso regular a uno o más servicios básicos de la vivienda (agua potable, energía eléctrica y alcantarillado/fosa séptica).
Según esta definición, para que un asentamiento vulnerable sea identificado como campamento debe cumplir con los siguientes requisitos:
1) Incluir al menos 8 familias.
2) Contigüidad habitacional (cercanía entre las viviendas): la superficie del terreno del asentamiento, en metros cuadrados, debe ser menor o igual al número de viviendas multiplicado por 350.
3) Tenencia irregular del terreno: se consideran en esta condición los espacios arrendados sin contratos, cedidos y que sean propiedad privada, municipal o estatal ocupada de hecho.
4) Acceso irregular a uno o más de estos servicios:
a) Agua:
se considera irregular su obtención desde una red pública sin medidor o con medidor compartido, desde un pozo o noria, desde un río, vertiente o estero, desde un camión aljibe o desde otra fuente que no sea red pública con medidor individual.
b) Electricidad
se considera irregular no disponer de energía eléctrica, obtenerla desde la red pública sin medidor o con medidor compartido, desde un generador propio o comunitario, o desde otra fuente distinta al medidor particular.
c) Alcantarillado o fosa séptica
se considera irregular tener pozo negro, cajón sobre acequia o canal, baño químico u otra opción que no sea alcantarillado o fosa séptica.
A partir de la localización de los campamentos y la ubicación de diversos equipamientos de educación, salud y seguridad, se determinó la distancia euclidiana (en linea recta) desde cada asentamiento hacia el equipamiento más cercano de:
-Jardín infantil (JUNJI o INTEGRA)
-Establecimiento de educación básica municipal
-Establecimiento de educación media municipal
-Hospital público
-Consultorio (COSAM, CEFAM)
-Servicio de Atención Primaria de Urgencia (SAPU)
-Posta rural
-Cuartel de bomberos
Tras determinar la distancia de cada campamento hacia los equipamientos más cercanos, se procedió a reclasificar los campamentos en deciles (grupos de 10%) según su distancia a cada equipamiento y se les asignó un puntaje (siendo mayor en los campamentos más próximos y viceversa).
De esta manera se crearon 3 dimensiones de accesibilidad, donde se suman de manera ponderada los puntajes de los equipamientos correspondientes:
- Educación = (Ed inicial *0.45) + (Ed básica*0.35) + (Ed media*0.20)
- Salud = (Hospital*0.22) + (Consultorio*0.41) + (Servicio Urgencia*0.37)
- Seguridad = (Carabineros*0.57) + (Bomberos*0.43)
Finalmente, los 3 indicadores se suman entre sí, para dar origen el índice de accesibilidad TECHO-Chile, el cual clasifica los campamentos en 6 niveles de acceso:

-Jardines infantiles: JUNJI (2012) e INTEGRA (2013)
-Educación básica y media: MINEDUC (2012)
-Centros de salud: MINSAL (2012)
-Cuarteles de bomberos: Bomberos de Chile (2013)
Promedio nacional de distancias a servicios (en metros)